miércoles, junio 25 2025

La lotería para que te paguen el verano si eres docente interino: Madrid exige 165 días trabajados, en Extremadura son 280

Desde que el PP eliminó el derecho a cobrar los meses estivales para los profesores sustitutos, cada comunidad ha establecido su modelo, con grandes diferencias: la misma labor y días trabajados pueden dar acceso o no a nómina en julio y agosto en función del puesto o de la autonomía donde se ejerza

Las oposiciones a profesorado favorecerán a los interinos con experiencia para acceder a las plazas

Cobrar el verano es una lotería para los docentes interinos. Lo que hasta 2011 era un derecho reconocido en la mayoría de las comunidades autónomas se ha convertido hoy, crisis y recortes mediante, en una amalgama de normas autonómicas que llevan a que cada Gobierno regional haya puesto sus propias condiciones, de manera que lo que sirve en Madrid no es válido en la Comunitat Valenciana, o que en varias regiones quien tenga la suerte de coger una vacante lo tiene mucho mejor que quien va haciendo sustituciones durante el año aunque trabajen exactamente lo mismo.

“La situación es muy diversa hoy, dependiendo de la comunidad autónoma y la modalidad de contratación: vacante o sustitución. Algunas comunidades continúan discriminando al colectivo interino respecto a los funcionarios de carrera”, lamentan desde el sindicato UGT, que ha recopilado los diferentes requisitos que pide cada comunidad autónoma para pagar julio y agosto al profesorado temporal. Decenas de miles de profesores interinos –algunos cálculos los cifran en uno de cada cinco docentes– viven esta situación cada año.

La casuística actual ofrece extremos como los de Galicia y Canarias, que tienen paralizado el acuerdo del cobro del verano porque no tienen presupuestos asignados para pagar estas nóminas, frente a los 5,5 meses de trabajo que dan derecho a dos meses de vacaciones pagadas en varias comunidades, o la situación de Extremadura y Murcia, donde hay que permanecer 280 días y 255 días en servicio, respectivamente, para poder cobrar el verano.

“Hasta 2011, la tónica general era que las profesoras y profesores contratados al inicio de curso para cubrir una plaza vacante en colegios e institutos estuvieran empleados hasta el 31 de agosto del año siguiente; o hasta el 14 de septiembre, en el caso de enseñanzas medias. Es decir, por todo el curso escolar”, explica UGT. “Por tanto, durante los meses de julio y agosto seguían cobrando normalmente y completaban las tareas de septiembre con los exámenes de recuperación. Igualmente, al profesorado contratado para sustituciones a lo largo del curso y que acumulaba un determinado número de meses, en una o varias suplencias, también se le reconocía este derecho”.

Hasta que llegó Wert

En 2011, como explica el sindicato, el Partido Popular decidió que la salida de la crisis de 2008 pasaba por recortar gasto, que en el caso de la Educación fue una poda. El pago del verano a los interinos fue una de las víctimas del ministro José Ignacio Wert.

Las comunidades autónomas fueron reinstaurando el derecho con el paso de los años. Pero cada una lo hizo a su ritmo y bajo sus propias condiciones hasta llegar a la amalgama que hay hoy, donde las casuísticas son casi tan variadas como las comunidades: algunas, como Andalucía o Aragón, pagan el verano con siete meses trabajados (210 días), y las hay que abonan la parte proporcional a quien no llegue; otro grupo, que incluye a Madrid, Asturias, Ceuta y Melilla, han puesto el listón en 5,5 meses (165 días); Extremadura se va hasta los 280 días (prácticamente todo el curso); las hay, como Balears o la Comunitat Valenciana, que solo prorrogan hasta septiembre los contratos de los interinos que hayan cubierto vacantes, no sustituciones; Cantabria funciona bajo esa fórmula, pero también ofrecen 2,5 días de vacaciones pagadas por mes trabajado para las sustituciones; Castilla y León tiene su propio sistema, que no paga vacaciones pero sí cuenta esos meses como méritos; Catalunya abona un mes a los sustitutos con menos de cinco meses de trabajo si pasan un curso; en Galicia y Canarias hay acuerdos firmados, pero sin un presupuesto adjudicado son papel mojado y no hay pago estival.

Así, para algunos docentes el curso académico se convierte en una carrera desde el primer día. Hay que hacerse con una plaza cuanto antes para sumar días que permitan llegar a fin de año con los meses necesarios cotizados. En este mundillo, las vacantes –las plazas que no tienen dueño– son lo más codiciado porque aseguran trabajo durante todo el año; con las sustituciones se está al albur de que el titular de la plaza, que ha causado baja por alguna razón, se reincorpore. Quienes navegan el año realizando sustituciones suelen vivir la incertidumbre de no saber con certeza cuánto tiempo estarán en la plaza que les ha tocado y con la ansiedad de desconocer su próximo destino. Porque el sistema no suele dar opciones: si alguien está activo en la lista no puede rechazar una plaza, la tiene que coger. Aunque esté en la otra punta de su comunidad autónoma.

Una profesora, todas las casuísticas

Dolores García Almudéver ha pasado por casi todas las situaciones posibles que puede afrontar una docente interina. Profesora de Secundaria, lleva cuatro años ejerciendo como sustituta en la Comunidad de Madrid. Podría y querría trabajar en la Comunitat Valenciana, su tierra, pero las diferentes condiciones entre ambas comunidades, el poco movimiento de la bolsa valenciana y el hecho de que allí sea casi imposible cobrar el verano entero llevan a García a trabajar en Madrid contra su voluntad, explica.

“Entré en la pública como interina en 2021 gracias a las bolsas extraordinarias abiertas a causa de la pandemia. Aquel curso empecé a trabajar el día 8 de enero y acabé el 30 de junio. Cubrí tres sustituciones seguidas, pero no llegué a los cinco meses y medio trabajados [que exige Madrid para pagar el verano] por apenas cinco días a causa de los largos impases entre el cese, el retorno a la bolsa y la selección de una nueva plaza”, cuenta. Aquel año, con los márgenes tan justos, le penalizaron los tiempos de la administración en tramitar bajas y altas.

Los dos cursos siguientes fueron bien. Con todo el año académico para completar esos 165 días trabajados (5,5 meses) no tuvo mayores problemas para que la comunidad le prorrogara el contrato hasta el 31 de agosto. Al año siguiente decidió volver a casa, a València. Pero, además de que el sistema de sustituciones opera de forma diferente (distinta baremación en las listas, adjudicaciones forzosas ya eliminadas, consolidación en bolsa por antigüedad, dos horas lectivas menos) y es más difícil trabajar, se encontró con lo que define como “las trabas para cobrar el verano”.

García Almudéver descubrió a las malas la diferencia entre coger una vacante (una plaza sin titular) o una sustitución. “Si en Valencia trabajo nueve meses durante el curso sin vacante, cobro nueve meses y el 30 de junio me cesan”, explica. “Y no solo es una cuestión de sueldo: también son dos meses menos cotizados y dos meses menos de experiencia acumulada, es decir, menos puntos en la oposición”. Enfrente, las condiciones de la Comunidad de Madrid. “Ser profesora en Madrid sale más a cuenta: si presto servicios durante siete meses y estoy en activo hasta el final de curso, cobro y cotizo lo mismo que cobraría en Valencia trabajando nueve meses.

Con esos mimbres, la cesta se ha tejido prácticamente sola. Y no porque no lo intentara. “Este curso lo empecé en Valencia con la esperanza de coger plaza, pero estoy muy baja en bolsa, temía a las adjudicaciones forzosas, tampoco me tocó por sorteo ninguna difícil cobertura y para la última adjudicación antes de la Navidad aún no había conseguido empezar a trabajar”. Vuelta a Madrid. “Me resigné, pedí plaza el 11 de diciembre y al día siguiente estaba en un centro. He cubierto tres plazas en estos casi siete meses. En una semana acabaré el curso en un CEIPSO de Getafe, volveré a casa y tendré mi contrato hasta el 31 de agosto”.

En los últimos años, además, se han emitido varias sentencias dando la razón a los interinos en su reclamación de cobrar el verano. Han aducido los jueces que a mismo trabajo, mismos derechos. Pero las comunidades autónomas donde han tenido lugar esas sentencias no las han hecho extensivas a todo el colectivo, lamenta UGT. “En sintonía con lo establecido en diferentes sentencias del Tribunal Supremo y de algún juzgado de lo contencioso-administrativo, que da la razón al profesorado interino y condena a abonar la totalidad de los salarios de los meses de vacaciones, al considerar que este profesorado cuenta con los mismos derechos que el personal funcionario, UGT exige la homologación de las condiciones económico-laborales del profesorado interino con las del resto de docentes funcionarios de carrera. UGT plantea también a las Administraciones educativas la necesidad de que hagan extensivas las sentencias que reconocen este derecho, de tal forma que no solo se restituya el pago de los meses de vacaciones que les corresponden por su trabajo anual, sino que también se les reconozcan a todos los efectos los servicios prestados”, cierra el sindicato.