La Junta de Andalucía se remite a una ley de 1993 para fijar en 90 minutos semanales el horario de Religión en la etapa de 3 a 6 años, obligando a elevar la carga lectiva en los colegios que impartían 60 o 45 minutos a la semana. Colectivos laicistas denuncian que la medida carece de base normativa actual y “atenta contra la autonomía pedagógica de los centros”
España paga una factura récord por las clases de Religión a pesar del descenso de alumnos
El Gobierno de Juan Manuel Moreno (PP) ha ordenado a todos los centros públicos andaluces que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil (de 3 a 6 años) aumentar el horario de Religión a 90 minutos semanales a partir del curso 2025/26.
Hasta ahora, los centros podían decidir el tiempo que dedicaban a esta asignatura –de carácter optativo y no evaluable– en virtud de su autonomía pedagógica. El mínimo era de 45 minutos, ampliable a 90, sin que existiera una carga horaria fija establecida desde la administración autonómica.
La decisión de imponer 30 o hasta 45 minutos más de enseñanza religiosa se ha comunicado a las direcciones de los colegios por una vía poco común: no se han dictado unas instrucciones (una circular de servicio que emite la Consejería de Desarrollo Educativo, con rango inferior a una orden). El anuncio se ha trasladado a través de una nota interna difundida en plataforma digital Séneca, la intranet de la Consejería.
“La novedad en este curso es que NO se podrán seleccionar los minutos de la sesión para la enseñanza de segundo ciclo de Infantil, manteniéndose fijo los 90 minutos”, señala textualmente el anuncio, firmado por el Servicio de Planificación y Escolarización. La nota, a la que ha tenido acceso este periódico, carece de argumentación normativa y se limita a comunicar el cambio a los directores de los centros, en el marco del proceso de certificación de horarios que se llevó a cabo los días 11 y 12 de junio.
Fuentes de la Consejería consultadas por este periódico justifican que se ha establecido “el marco común” entre Infantil y Primaria “que fija la normativa”, remitiéndose a una ley ministerial de hace más de 30 años: la Orden de 3 de noviembre de 1993 “por la que se establece el currículo del área de Religión Católica en Educación Infantil”.
Esa norma determina que la duración de la asignatura debe ser “proporcional” al horario asignado en Primaria, donde el alumnado andaluz que elige dar religión recibe actualmente 90 minutos semanales. Tres décadas después, la Consejería hace extensiva esa norma –centrada en la Religión católica– a la enseñanza de las cuatro confesiones religiosas con las que el Estado tiene acuerdos. En Andalucía, el 70% de los centros de Infantil ya imparten esos 90 minutos de Religión, por lo que la medida afectará en la práctica al otro 30% restante que, en virtud de su autonomía pedagógica, ofrecía el mínimo exigible por ley.
La asignatura de religión en datos
La medida responde a una vieja demanda de la Conferencia Episcopal Española, que selecciona al profesorado de esta asignatura en virtud de los acuerdos del Gobierno de España con la Santa Sede de 1979. Sin embargo, el Ejecutivo de Moreno ha decidido aumentar la carga lectiva de religión católica en las aulas públicas, después de varios años registrándose un descenso en el número de matriculaciones en Infantil, Primaria y Secundaria.
En el curso 2024/2025, un 68,4 % del alumnado matriculado en el segundo ciclo de infantil (103.939 de 151.892 alumnos) cursa en la pública alguna de las opciones de enseñanza religiosa reconocidas por el Estado. La gran mayoría — el 96,4 % del total de quienes la cursan— opta por religión católica. Le siguen la islámica (1.998 alumnos, 1,9 %), evangélica (1.729, 1,6 %) y judía (2 alumnos).
En cuanto a la distribución horaria actual en los centros, el 68 % ya imparte 90 minutos semanales de religión en Infantil, mientras que un 26 % programa solo 60 minutos y el 6 % restante, 45 minutos. La Consejería defiende que la medida impuesta busca homogeneizar esta situación, elevando a todos los centros al máximo actual de carga lectiva. Con todo, desde el Gobierno andaluz se recuerda que se trata asignatura de carácter voluntario y no evaluable. El alumnado cuyas familias no la eligen reciben atención educativa alternativa.
“Atentado contra la autonomía pedagógica”
Esta medida ha provocado el rechazo de partidos políticos como Adelante Andalucía, sindicatos como CGT y colectivos laicistas, que han criticado tanto el fondo como la forma escogida por la administración andaluza para comunicar el cambio. Andalucía Laica, organización integrante de Europa Laica, ha denunciado públicamente esta directriz por considerarla “una imposición injustificada, enviada de forma opaca y sin ningún tipo de respaldo normativo actual”, que “vulnera la autonomía pedagógica” de los centros.
A ojos de Jaime Pérez-Aranda, coordinador del Área de Educación de Europa Laica, se trata de “un ejemplo de falta de transparencia total porque lo han comunicado a través de una nota breve en Séneca”. “Ni siquiera han publicado unas instrucciones por escrito donde se explique por qué, ni lo han consultado con los equipos directivos”, afea el responsable de Educación de Europa Laica en conversación con este periódico.
Para esta entidad, la nueva medida supone “un retroceso en el principio de laicidad en la escuela pública” y un “atentado contra la libertad de conciencia de las familias”. El responsable educativo de Europa Laica alerta también de las consecuencias organizativas y sociales que acarrea el cambio en la carga horaria: “La segregación por creencias que provoca esta medida rompe la convivencia escolar e introduce un elemento de división absolutamente innecesario en edades tan tempranas”.