miércoles, julio 16 2025

Visto para sentencia: los jueces de Luxemburgo decidirán sobre la amnistía tras el choque entre España y la Comisión Europea

Los magistrados preguntan por el alcance de la amnistía a los delitos de terrorismo en el caso de los CDR mientras el Ejecutivo comunitario hace un alegato político y carga contra la concesión del olvido penal «a cambio» de la investidura

La Comisión Europea cuestiona ante el tribunal de Luxemburgo el “interés general” de la amnistía

La amnistía ha quedado vista para sentencia en Luxemburgo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establecerá en los próximos meses el encaje en el derecho de la UE del olvido penal a los casos de malversación y terrorismo. La vista de esta martes ha estado marcada por el choque entre el representante de la Comisión Europea, muy crítico con la ley, con los representantes de la Fiscalía, la Abogacía del Estado y las defensas de los encausados, que han defendido la legalidad de la norma.

De la decisión del TJUE depende el futuro judicial de una docena de miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) que están pendientes de juicio en la Audiencia Nacional acusados de delitos por los que se enfrentan a penas de hasta 20 años de prisión. También 33 altos cargos, entre ellos Carles Puigdemont, Oriol Junqueras o Artur Mas, después de que el Tribunal de Cuentas también elevara una cuestión prejudicial al TJUE para determinar si la amnistía tiene cabida dentro del derecho comunitario. Los jueces tienen ya los argumentos de las defensas de los acusados y de las acusaciones (Sociedad Civil Catalana y la Asociación Catalana de Víctimas del Terrorismo), aunque el epicentro de la vista celebrada este martes ha sido el choque entre España (abogacía del Estado y Fiscalía) y la Comisión Europea.

En línea con lo que el gobierno comunitario expresó en sus observaciones por escrito, el letrado ha cuestionado el “interés general” que el Gobierno le atribuye a la normativa. Pedro Sánchez siempre ha defendido que se trata de una iniciativa para enterrar el conflicto político en Catalunya. “No parece que la Ley Orgánica de Amnistía [LOA] responda efectivamente a un objetivo de interés general dado que es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España”, ha expresado el agente Carlos Urraca Caviedes.

También ha mantenido los argumentos con un mayor calado político que generaron malestar en el Gobierno, que consideró que los servicios jurídicos de la Comisión Europea se excedieron en su interpretación y lo vincularon con la cercanía al PP del jefe del departamento, que ha desarrollado su carrera en Bruselas de la mano de los conservadores. A pesar del cambio en la cúspide de ese organismo, la línea se ha mantenido en los argumentos esgrimidos por el gobierno comunitario, que también chocan con la posición del Tribunal Constitucional.

“Si hay respaldo para considerar que las autoamnistías en las que quien ostenta el poder político pretende blindarse, garantizándose su inmunidad jurídica, son contrarias al principio del Estado de Derecho; en opinión de la Comisión, el mismo criterio debería aplicarse cuando quien está en el Gobierno garantiza la impunidad de sus socios a cambio del apoyo parlamentario”, ha afirmado Urraca Caviedes en referencia a la ley, que nació de la negociación del PSOE Junts y ERC a cambio de su apoyo a la investidura de Sánchez.

Y el colofón ha llegado en el alegato final, tras ocho horas de vista. “La Comisión Europea cree que en último término este asunto suscita una cuestión importante, que es la siguiente: si es compatible con los valores de la Unión Europea conceder la amnistía a cambio de apoyo para la investidura de un gobierno. La Comisión Europea cree que la respuesta tiene que ser negativa”.

En contra se ha topado con la Fiscalía, que ha justificado que las amnistías sean el resultado de una negociación política. En la misma línea se ha pronunciado la abogada del Estado, Andrea Gavela Llopis, que ha recordado que el afán de la recuperación de la normalidad y la convivencia dentro Catalunya y con el resto de España. “Por principio una ley debatida y aprobada por el parlamento de un Estado democrático de derecho que contempla la extinción de la responsabilidad penal por amnistía no puede calificarse de autoamnistía”, ha defendido.

La parte de las preguntas que ha planteado el Tribunal de Cuentas se ha centrado fundamentalmente en el límite de dos meses para aplicar la amnistía. Ahí se ha producido el otro gran choque con la Comisión Europea, que considera que no da margen a que investigue si los gastos del procés perjudicaron a los intereses de la UE. Y sostiene que ese es el organismo jurisdiccional que lo tiene que determinar, aunque la Comisión Europea, que es la guardiana de los tratados y de los intereses del bloque comunitario. De hecho, la Comisión Europea rechaza que el procés afectara a las cuentas europeas.

El fiscal ha recordado que ese precepto no ha surgido en ninguno de los procesos judiciales que durante años se han celebrado en torno al secesionismo catalán hasta el momento en el que se promulgó la amnistía. La abogada del Estado ha defendido la necesidad de establecer plazos procesales y ha apuntado a que no ha habido ninguna consecuencia para los organismos que no hayan adoptado aún las medidas de la ley de amnistía. Igualmente, se han suspendido en el momento en el que se han elevado las cuestiones prejudiciales al TJUE, que tardará unos meses en pronunciarse.

Aunque a priori la parte de la malversación, por la afectación a altos cargos como Puigdemont o Junqueras, se llevaba el foco, no ha sido así para los jueces que componen la Gran Sala, que han formulado muchísimas más preguntas sobre el encaje de la amnistía a los acusados por terrorismo en el marco de la directiva con la que la UE armonizó esos delitos con unos tipos mínimos.

Los jueces han interrogado a las partes por la aplicación de la amnistía a esos delitos, que quedaron excluidos en la ley en aquellos casos en los que no hubiera vulneración de los derechos humanos, es decir, que no hubiera resultado de muerte o tortura. Ese es el asunto que mayor interés ha suscitado para los magistrados.

No despenaliza conductas punibles

Los argumentos de la abogada del Estado han sido que es que la amnistía no despenaliza las conductas punibles, ni modifica su descripción típica o elimina o introduce elementos determinantes de la punibilidad con proyección hacia el futuro. “Se limita a suprimir los efectos jurídicos de la aplicación de unas normas cuya validez y vigencia no cuestiona”, señala la letrada en referencia a que los efectos del perdón tienen que ver con conductas del pasado sin que ello suponga un riesgo sistémico que pueda comprometer la efectividad del Derecho de la Unión.

Ahí también hay una diferencia de criterio con la Comisión Europea, que ha sugerido que el ámbito de aplicación de la amnistía es demasiado amplio, aunque ha dado varios giros en la argumentación. “Observamos que el ámbito de aplicación es muy amplio y hay mucha indeterminación. Por eso se puede violar el efecto útil de la directiva”, ha dicho el representante de la Comisión Europea, que después ha asegurado que corresponde determinar ese tipo de cuestiones al tribunal nacional. Pero apenas se ha centrado en ese asunto en su intervención final, en la que ha dejado el gran golpe político a la amnistía al asegurar que no es compatible con los valores de la UE.

Serán los jueces los que tengan la última palabra, aunque todavía tardarán unos meses en pronunciarse. Y, entre tanto, en Madrid, Sánchez trata de mantener las alianzas con las fuerzas independentistas.