«Adaptar el lenguaje es una obligación”, señala la magistrada Gloria Poyatos en este fallo que reconoce al menor de diez años su grado de discapacidad
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“Nos has contado que te cuesta un poco más que al resto de los niños y niñas, atender en la clase, estudiar, obedecer a tu mamá y a tu papá, hacer caso a tu hermano, no enfadarte, de repente, sin saber por qué, y que también te es difícil seguir, en general, el ritmo de las actividades en casa, la calle o el cole”. Así se dirige la magistrada Gloria Poyatos a un niño de diez años en su voto particular en una sentencia en la que recuerda que “la adaptación del lenguaje de las resoluciones judiciales cuando afecten a personas menores de edad, no es una opción de quien juzga sino una obligación”. “Hemos estudiado tu caso, y tienes toda la razón, te vamos a apoyar porque ahora entendemos por qué te cuesta más hacer las cosas”, asegura la jueza al menor.
En primera instancia, al menor se le había reconocido un grado de discapacidad del 45% por su trastorno del espectro autista, pero la Consejería de Derechos Sociales del Gobierno de Canarias, que no le reconocía ningún porcentaje, recurrió. Ahora, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) desestima dicho recurso valorando el relato de los hechos probados que realiza la sentencia en primera instancia.
La sentencia, que ha sido adelantada por Público y a la que ha tenido acceso Canarias Ahora expone que se constata la restricción moderada en las actividades de la vida cotidiana del menor de diez años (la cual incluye los contactos sociales) y la necesidad de tratamiento de forma habitual, sin que el referido apartado exija, como sostiene el recurrente, que el tratamiento haya de ser farmacológico (“La medicación y/o el tratamiento”).
El TSJC subraya que, como sostiene “con acierto” la jueza de instancia “si tiene restricción moderada en la vida diaria pues se apoya en su hermano, no tiene contacto social con otros, torpeza en la relación con el entorno, tiene alteraciones del lenguaje verbal y no verbal, no es adaptable, precisa de rutinas rígidas, no mantiene contacto visual, no es capaz de unirse al juego, tiene problemas de alimentación y no tiene contacto social”.
Asimismo, la Sala destaca que, pese a sus buenos resultados académicos, “consta desde 2021 Informe Psicopedagógico con Propuesta Educativa por parte del colegio del menor, en el que se indica que presenta Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) por Trastorno del Espectro Autista (TEA), con propuesta de escolarización en Centro ordinario, esto es, un puesto educativo normalizado pero adaptado”.
“No dejes de estudiar y hacer las tareas diarias del cole”
Sin embargo, a pesar de que la Sala dio la razón a esta familia y reconoció el grado de discapacidad del menor. No hubo acuerdo en una cuestión, en adaptar el lenguaje para que este niño de diez años pudiera comprender la sentencia que se había dictado a su favor.
Por ello, la magistrada Gloria Poyatos emitió un voto particular por discrepar “de la opinión mayoritaria de la Sala que ha considerado que no debe adaptarse el lenguaje judicial para hacerlo comprensible para su destinatario”. Cita, por ejemplo la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que expone que “una justicia moderna, como servicio público que es, debe percibirse por la ciudadanía como algo propio, cercano, eficaz y, sobre todo, entendible”.
Asimismo, expone la LO 5/2024 de 11 de noviembre del Derecho a Defensa, donde se recoge que “los actos y comunicaciones procesales se redactarán en lenguaje claro, de manera sencilla y accesible universalmente, de forma que permitan conocer a sus destinatarios el objeto y consecuencias del acto procesal comunicado” y que “el lenguaje se adaptará específicamente para menores de edad cuando sean los destinatarios de los actos, comunicaciones y resoluciones referidas en los dos apartados anteriores. Esta adaptación se realizará aunque los menores cuenten con asistencia letrada y con la representación de sus progenitores, tutores o defensores judiciales.”
En la sentencia también explica al niño que debe seguir atento a los consejos de las personas adultas que le rodean y ayudan cada día, desde la escuela, en casa, o los médicos que siempre le van a ayudar y orientar para que se sienta bien y contento, en todo momento.
“Mientras tanto, no dejes de estudiar y hacer las tareas diarias del cole, porque ello te servirá para entenderte mejor y así podrás compartir juegos, tareas, deportes, excursiones y otras actividades con tus amigos y amigas del cole o fuera del cole”, concluye Poyatos.