sábado, junio 21 2025

El complemento por brecha de género en las pensiones se ve abocado a una reforma entre temores a la retirada a madres

Padres están reclamando el plus tras la sentencia europea que dijo que discriminaba a los hombres, algo que podría impedir que lo cobren las madres, advierten los sindicatos, que reclaman una reforma urgente

La justicia europea dice que el complemento por brecha de género discrimina a los hombres

Un mes después de la sentencia europea que consideró que el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones discriminaba a los hombres, algunos padres están reclamando el cobro de este plus, nicho de negocio de específico algunos bufetes de abogados, con la posibilidad de que esto suponga su retirada a las madres, alertan los sindicatos. CCOO y UGT llevan semanas exigiendo al Gobierno una reforma legal urgente, pero “no hay reacción”, lamenta Carlos Bravo, responsable de Protección Social y Políticas Públicas en CCOO. En el Ministerio de la Seguridad Social se limitan a apuntar que siguen “analizando la sentencia y sus implicaciones”.

El complemento contra la brecha de género en las pensiones fue aprobado en 2021, diseñado por el equipo del entonces ministro José Luis Escrivá para sustituir al anterior complemento de maternidad de las pensiones del Gobierno de Rajoy, que también fue declarado discriminatorio hacia los padres por la justicia europea, en 2019.

El plus en cuestión supone una cuantía fija que se añade a la pensión, de 35,90 euros al mes por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. La ley prevé que lo cobren en su defecto las madres y, aunque lo pueden percibir también los padres, estos tienen que acreditar unos requisitos adicionales de afectación a su carrera laboral tras la paternidad (que es lo que la justicia europea ha considerado discriminatorio).

Además, la legislación establece que cada hijo solo da derecho a un complemento, por lo que solo le corresponde a uno de los progenitores. En el caso de dos madres o dos padres con derecho, se prevé que se reconozca al que tiene una menor pensión.

Nueva incógnita para las madres que lo cobran

Aunque ya había padres que estaban solicitando a la Seguridad Social y a los tribunales el complemento contra la brecha de género para su pensión, tras el fallo del tribunal de Luxemburgo del pasado 15 de mayo que reconoce su discriminación, las peticiones de hombres se están multiplicando, reconocen desde varios bufetes y laboralistas contactados por este medio. “De inicio, entendía que el complemento de brecha de género estaba justificado, que no encubría ninguna discriminación, pero la sentencia del TJUE, que es el máximo interprete de las directivas europeas, es clara y de obligado cumplimiento. Por eso acatamos la sentencia, es un beneficio para los trabajadores pensionistas y nosotros obviamente lo reclamamos”, afirma el abogado Javier de Cominges, de Zere Abogados y profesor asociado de la Universidad de Vigo.

Los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, explican que la sentencia “conlleva que los hombres que accedieron a pensiones de jubilación, incapacidad permanente o viudedad a partir febrero de 2021 pueden solicitar el complemento”, pero advierten de que, de no modificarse la regulación vigente, “su reconocimiento a los padres puede llegar a suponer la supresión del que están cobrando ya las madres por el mismo hijo o hija”. Se refieren a aquellas madres que perciban una pensión inferior a la del padre. En la actualidad, cobran el complemento por brecha de género unas 902.000 mujeres y 115.000 hombres.

A la misma interpretación llega Miguel Arenas, laboralista especializado en el Derecho de la Seguridad Social de la cooperativa Colectivo Ronda. “Con el redactado de la ley que tenemos del complemento de brecha de género, ahora la interpretación solo puede ser que se le reconozca al de la pensión más baja. Si fuera el padre, la madre lo perdería. No es lo usual, lo normal es que sea la madre la que tenga la pensión más baja. Pero si ocurriera, se le quitaría a ella”, analiza Arenas. El abogado destaca que, aunque esta situación es más rara entre dos pensiones de jubilación, sí podría ser más fácil de ver si el padre recibe una pensión de incapacidad permanente total y la madre una de jubilación, indica a modo de ejemplo.

El Ministerio de la Seguridad Social mandó en mayo, al conocerse la sentencia, “un mensaje de tranquilidad” en el que sostuvo que los pensionistas que vinieran percibiendo el complemento por brecha de género “van a seguir haciéndolo”. Sin embargo, los sindicatos mayoritarios indican que para ello es necesario un cambio legal, un movimiento que no ven en el Ejecutivo. elDiario.es ha consultado a la Seguridad Social si la reclamación del plus por parte de los padres puede suponer la retirada para las madres que lo cobran a día de hoy, pero el Ministerio no ha respondido al respecto.

Un cambio legal para seguir combatiendo la brecha de género

Los sindicatos CCOO y UGT piden “una rápida adaptación de la normativa”, que garantice el objetivo de reducir la brecha de género en las pensiones. Sus propuestas pasan por regular para impedir que se pueda retirar el complemento ya reconocido a las actuales beneficiarias aunque lo solicite el otro progenitor, desde febrero de 2021 hasta la actualidad, y de cara al futuro buscar una fórmula compatible con la directiva europea y con la reducción de la desigualdad entre las pensiones de los hombres y de las mujeres, un hecho que se explica por multitud de brechas a lo largo de la vida profesional.

“Los hombres se jubilan antes y ellos lo van a cobrar primero, esto lo tenemos que mirar”, advierte también Fernando Luján, vicesecretario general de política sindical de UGT, muy crítico con el fallo del TJUE, “jurídicamente discutible y socialmente miope”, argumentó en este artículo. El miedo de los sindicatos es que, una vez lo cobren los padres al jubilarse antes, sus parejas después no lo reclamen a posteriori para que se les reconozca en su pensión.

Las centrales sindicales advierten de la necesidad de “celeridad” para aprobar el cambio legal, para evitar “repetir la situación que en su momento se produjo con el complemento de maternidad donde la tardanza de más de un año en reaccionar a una situación similar propició ahondar en los efectos negativos sobre la reducción de la brecha”. Esta tardanza, así como los impedimentos posteriores de la Seguridad Social para abonar el plus por maternidad, llevaron a los tribunales a reconocer incluso una indemnización para los padres por la discriminación sufrida, que el Supremo fijó en 1.800 euros.