El Ministerio Público argumenta que el insulto lanzado durante el clásico de 2023 no alcanza las características del delito de odio y sería tan solo una sanción administrativa
Vinícius traslada a la jueza que quiere acusar a dos seguidores del Barça por insultos racistas
La Fiscalía contra los delitos de odio de Barcelona ha pedido archivar la causa abierta a dos seguidores del Barça por los insultos racistas que profirieron al jugador del Real Madrid Vinícius Jr. en el estadio de Montjuïc durante el clásico del año 2023. La fiscal entiende que las vejaciones serían susceptibles de una sanción administrativa, pero no penal.
En su escrito, el Ministerio Público señala que, además de no reunir los requisitos para suponer un delito de odio, de los vídeos y declaraciones del caso (entre ellos, informes de lectura de labios aportados por La Liga) se desprende un “débil material probatorio” totalmente insuficiente para llevar la causa a juicio.
La causa abierta en Barcelona investiga a dos seguidores del Barça por proferir insultos racistas a Vinícius. Uno de ellos llamó “puto mono” e “hijo de perra” al jugador mientras era sustituido, según recogen las grabaciones del partido que forman parte de la causa. Pero del otro seguidor denunciado no se sabe qué insultos profirió porque las imágenes aportadas no tienen sonido, advierte la fiscal.
Ahora la jueza tendrá que decidir si envía el caso a juicio, como piden Vinícius, el Real Madrid y La Liga, o si lo archiva, como solicita la Fiscalía. Los dos investigados en Barcelona ya comparecieron ante la jueza el pasado mes de julio. Uno de ellos se acogió a su derecho a no declarar y el otro alegó que había dicho “mucho morro”, pero no insultos racistas.
En suma, para la fiscal las tres versiones del insulto (“puto mono”, según el informe de La Liga; “mucho morro” según el investigado; y “mono tonto”, según Vinícius) conlleva una “indeterminación” de los hechos delictivos que solo puede conducir al archivo del caso.
Aunque se tratara del caso más grave (“puto mono”), este insulto, por sí solo, tampoco incluye “los factores que atribuirían a la condicta la gravedad que se exige para superar la afectación al derecho al honor”.
Los gritos racistas “no dieron lugar a la interrupción del partido, no fueron ejecutadas de forma coral, no se produjo el efecto llamada en el público, no consta que ninguno de los investigados pertenezca a un grupo radical o extremista, y no fueron unidas a otros delitos”, recuerda la fiscal delegada contra los delitos de odio de Barcelona para argumentar que los insultos no superan la línea del Código Penal.
La jurisprudencia de los delitos de odio y discriminación, recuerda la fiscal, exige que los insultos sean reiterados, sistemáticos y que produzcan una grave ofensa a la dignidad y temor y angustia en la víctimo, extremos que no se dan en este caso. “No es posible concluir suficientemente justificada la perpetración de ninguno de los delitos investigados”, agrega el escrito fiscal.
Además, en su declaración como perjudicado, Vinícius admitió que durante el partido no escuchó los gritos racistas, sino que, en realidad, se los mostraron en un vídeo después del clásico. En el vídeo que le mostraron al jugador no se escuchaban las expresiones “mono” o “puto mono”, sino que estos insultos fueron preguntados por el abogado de La Liga.