El fallo es un golpe para las aspiraciones de Comín, que confiaba en que el TJUE les diera la razón para que la Eurocámara le otorgara ahora su acta
Comín lleva al TJUE a la presidenta de la Eurocámara por denegarle el escaño tras el rechazo de las cautelares
La justicia europea rechaza el recurso de Carles Puigdemont y Toni Comín contra la decisión del Parlamento Europeo de dejarles sin escaño en 2019 por no haber acatado la Constitución. “El presidente del Parlamento Europeo no podía apartarse de la lista de diputados electos que las autoridades españolas le habían notificado oficialmente”, señala el el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) sobre la decisión de Antonio Tajani (PPE) de impedirles el acceso al escaño porque sus nombres no figuraban en el escrito de la Junta Electoral Central. El fallo es un golpe para las aspiraciones de Comín, que confiaba en que el TJUE les diera la razón para que la Eurocámara le otorgue ahora su acta después de que la presidenta, Roberta Metsola, no le acreditara siguiendo los pasos de Tajani dado que la Junta Electoral volvió a dejar su nombre fuera por no haber acatado la Carta Magna, que es un requisito imprescindible según la ley electoral española.
El TJUE avala la decisión de Tajani de haber dejado al expresidente y al exconseller catalanes fuera del Parlamento Europeo bajo la premisa de que tenía que seguir el criterio que le llegó de la Junta Electoral Central. “El presidente del Parlamento no dispone de ninguna competencia para controlar la exactitud de dicha lista, so pena de quebrantar el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros”, recoge en un comunicado: “El presidente del Parlamento se limitó a hacer lo que estaba obligado a hacer: tomar nota de la lista de diputados electos notificada por las autoridades españolas, que constituía para él una situación preexistente derivada de decisiones que se habían adoptado en el plano nacional”.
La decisión avala así el criterio del Tribunal General de la UE (TGUE), que rechazó el recurso de Puigdemont y Comín en 2022 al entender que el acto de Tajani no era recurrible.
El Parlamento Europeo aguardaba esta sentencia para tomar una decisión definitiva sobre el caso de Comín, quien después de las elecciones del pasado 9 de junio se vio en la misma situación que cinco años antes por no haber vuelto a España para cumplimentar el trámite de acatamiento de la Constitución. Y, a priori, el fallo avala la decisión que hasta ahora ha adoptado Metsola, ya que la Junta Electoral Central dejó vacante su plaza.
Comín pidió medidas cautelares al TJUE para resolviera el asunto y pudiera participar en el Pleno de composición de la Eurocámara en el que se eligió a Ursula von der Leyen para un nuevo mandato al frente de la Comisión Europea, pero los jueces las rechazaron. El eurodiputado electo de Junts llevó entonces a Metsola a la justicia europea abriendo un nuevo procedimiento.
La razón por la que Puigdemont y Comín acabaron siendo eurodiputados la anterior legislatura fue la decisión del siguiente presidente de la Eurocámara, David Sassoli, de otorgarles el estatus de eurodiputados después de una sentencia del TJUE sobre el caso de Oriol Junqueras, que no acató la Constitución al no lograr permiso penitenciario. Aquel falló determinó que el líder de ERC era parlamentario con inmunidad desde el momento en el que se proclamaron los resultados.
“Una persona elegida al Parlamento Europeo adquiere la condición de miembro de dicha institución desde la proclamación de los resultados y goza desde ese momento de las inmunidades”, señalaron los jueces de Luxemburgo, es decir, que la condición de eurodiputado no depende de requisitos intermedios, como la promesa de la Carta Magna.
La interpretación que hizo entonces el socialista italiano fue que la decisión de los jueces aplicaba para los dirigentes de Junts que, en su caso, estaban huidos fuera de España.